Revisión técnica reglamentaria
Señor usuario: a partir del 02 de mayo de 2014 usted podrá seleccionar el Organismo Técnico de Inspección que realizará la revisión técnica reglamentaria de su instalación de gas natural www.creg.gov.co / Lista de Organismos / www.onac.org.co
Solicitar revisión técnica reglamentaria
Tener en cuenta
Nos permitimos informar a los Organismos de inspección Acreditados (OIAS), que pueden ingresar la información relacionada con el resultado de los Informes de Inspección y certificados de conformidad, a través de la Plataforma Web establecida para los OIAS dando clic en el link Inspecciones OIA o desde el enlace de interés denominado Inspecciones OIA ubicado en el derecho de esta misma sección. Esto, de acuerdo con lo establecido en la Resolución CREG 059 de 2012, Artículo 9, Numeral 5.23, Literal (vi) y el Reglamento técnico de instalaciones de gas combustible 90902 de 2013. Si requieren asesoría o información de novedades sobre sus actividades, lo pueden hacer escribiendo al correo inspecciones@alcanosesp.com.
Su importancia
Por seguridad, es fundamental realizar la revisión periódica del gas natural, ya que instalaciones defectuosas representan un riesgo potencial y podrían ocasionar accidentes que afecten la salud de su familia y de quienes lo rodean. Además, no cumplir con esta revisión en el plazo establecido puede llevar a la suspensión del servicio.
Deberes por parte del Usuario
De acuerdo con la Resolución CREG 059 de 2012, desde el 2 de mayo de 2014, es responsabilidad del usuario informarse sobre los organismos acreditados por la ONAC para realizar la revisión periódica de su instalación de gas natural, garantizando así su seguridad y la continuidad del servicio.
Para ello, debe programar la inspección dentro del siguiente período:
- Plazo mínimo: Comienza cinco (5) meses antes del plazo máximo.
- Plazo máximo: Es el último día hábil del mes en que se cumplen cinco (5) años desde la última certificación.
Durante este tiempo, el usuario debe programar la visita con el organismo de inspección de su elección y realizar la inspección para obtener la certificación vigente, evitando así la suspensión del servicio.
Una vez completada la inspección, el usuario debe informar y entregar a la distribuidora una copia del Certificado de Conformidad emitido por el Organismo de Inspección Acreditado (OIA), el cual certifica que la instalación cumple con las normas y reglamentos técnicos vigentes y es apto para su funcionamiento.
Deberes por parte de la distribuidora
El distribuidora notificará al usuario mediante aviso anexo a la factura, con cinco (5) meses antes del plazo máximo, sobre la obligación de realizar la revisión periódica de gas natural, indicando la fecha límite y un listado de OIA acreditados para su libre elección.
Si un mes antes del vencimiento no se ha recibido el Certificado de Conformidad, sea por parte del usuario o el OIA que realizó la inspección, se enviará una notificación de suspensión del servicio conforme a lo establecido en la Resolución CREG 059 de 2012. Los certificados solo serán recibidos a través de medios electrónicos seguros implementados por la distribuidora, la cual validará la autenticidad del certificado y registrará la información en su base de datos para garantizar la trazabilidad de la instalación.
Si diez (10) días antes del plazo máximo aún no se ha recibido el certificado, se enviará una nueva notificación otorgando un plazo adicional de cinco (5) días. De no cumplir el usuario con la obligación, la distribuidora deberá suspender el servicio.

¿Cuánto cuesta y cuánto pagas?
Los valores a continuación rigen a partir de enero 22 de 2025 y corresponden a los costos de la revisión periódica, los cuales están a cargo del cliente, tarifa informada a la CREG.
Importante: Por ninguna razón entregue dinero en efectivo, su costo será incluido en la factura.
¿Cómo se hace el cobro?
El cobro se realizará a través de la factura mensual de servicio y puede financiarse hasta 36 meses.
Ten en cuenta
A continuación se describe el proceso interno de Quejas y Apelaciones, el cual explica la forma de colocar una Queja o Apelación frente al proceso de inspección del Organismo Técnico de Inspección OTI